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Rincón web de Txabi
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La Luz

Aquí plantearemos cuestiones que afectan principalmente a política turística y a la gestión en destinos. Es la mirada de un generalista, es decir, de un "especialista" en incertidumbre.

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Es cierto que queda pendiente la realización de una evaluación integral del proceso de sustitución de un único ordenamiento turístico por este otro nuevo y, sin duda,  complejo mapa en el que coexisten una multiplicidad de ordenamientos integrales de carácter regional, junto con el del Estado, y ambos con proyección sobre un mismo sector de actividad. Ha llegado ya, en efecto, el momento de analizar su adecuación, rendimiento,  funcionalidad y  eficacia.

 

   Probablemente la calidad técnica de muchas de las normas producidas sea manifiestamente mejorable; y probablemente en algunos aspectos no se ha producido la necesaria adaptación a los retos actuales de la industria. Y es que no pueden ser ajenos al mundo normativo, p.e., los modelos de desarrollo  y dinámicas de saturación y obsolescencia del producto turístico, sobre todo en el litoral; o las  nuevas formas de turismo que anticipan nuevos clientes y nuevas demandas turísticas; o las nuevas percepciones sociales y ambientales acerca de la actividad y sus impactos; o  la creciente competencia en los nuevos mercados de sol y playa, o los seculares problemas de la estacionalidad en numerosos  destinos de la costa española; o  la aplicación de las nuevas tecnologías en la gestión y atención de clientes; o la creciente sensibilización social a favor de la defensa de los derechos de los usuarios turísticos, además de una nueva “doctrina” turística propiciada por instrumentos y planes claramente renovadores dentro del panorama turístico español, como el Plan Horizonte 2020.

 

 

  Se ha venido probablemente legislando con un cierto exceso de  mentalidad administrativa, y quizá han pervivido más de lo deseable modelos de inspiración muy anclados todavía en el turismo de sol y playa de décadas anteriores. También, la a veces insuficiente conexión entre los equipos administrativos y juristas artífices  del Derecho turístico y las dinámicas presentes que vive la industria turística, han impedido alineamientos más certeros entre norma y realidad socioeconómica. 

 

Nos parece que  tendríamos que apostar por modelos de desarrollo normativo más sencillos, más operativos, más depurados, que, por un lado,  pivoten sobre los grandes equilibrios a mantener (derechos del usuario / competitividad de las empresas y destinos/ desarrollos responsables y sostenibles de la actividad) y que, por otro, faciliten el trabajo de las empresas turísticas y la más correcta comercialización de sus diferentes productos en los mercados.

 

 Y en este rápido repaso, parecería conveniente extremar las  exigencias de controles administrativos más efectivos de las obligaciones ya previstas en la propia normativa turística, para depurar  p.e., el ejercicio profesional por parte de empresas  alegales o no registradas;  o para un mejor control de la calidad ofrecida, para intentar precisamente  no penalizar a las empresas que cumplen escrupulosamente con la legalidad vigente.

 

 Y el turismo debiera hacerse más visible en aquellos procesos de formación de voluntad jurídica en materias muy conectadas con la propia actividad turística, (p.e., en los planes de ordenación territorial –señaladamente en los Planes Territoriales Supramunicipales-, en materias de transporte, de seguridad, de cultura, etc...). Es decir, jugar un papel de mayor atención e implicación en la definición de regulaciones en materias colindantes que pueden y deben tener gran influencia sobre el desarrollo futuro de la industria.

 

  El Plan del Turismo Español Horizonte 2020, se plantea como meta lograr en el año 2020 que “el sistema turístico español sea el más competitivo y sostenible, aportando el máximo bienestar social”. Este Plan, por otra parte,  ha destacado entre las debilidades en el área de “Competitividad”, la existencia de “un marco normativo complejo y heterogéneo como consecuencia de las diferentes fuentes, materias y subsectores implicados”.

 

 

 Y en los entornos de participación y debate del Plan se puso de relieve la necesidad de dotar y garantizar al sector un marco normativo eficaz que facilite su adaptación hacia modelos de negocio que ofrezcan mayor valor añadido al cliente.

 

 Dentro de los objetivos y estrategias del turismo español en este Plan 2020 el eje denominado “Entorno competitivo” recoge el objetivo de “Promover un marco normativo que optimice la competitividad del sistema turístico español, favorezca la iniciativa empresarial y la innovación y simplifique los procesos administrativos que afectan a la toma de decisiones empresariales” .

 

 

En el Plan operativo 2008/2012, y en el denominado “Eje Entorno competitivo”, se recoge, a su vez,  un Programa denominado ”Marco normativo y Simplificación”, que presenta cuatro líneas de acción:

  1. Plan de trabajo sobre legislación turística: para analizar y evaluar la efectividad de la legislación con impacto en el turismo, especialmente en relación con la desestacionalización.
  2. Un sistema de consulta normativa online: alimentado por las administraciones competentes (cuestiones normativas, fiscales, laborales y otras con incidencia en la materia turística)
  3. Grupos de trabajo de la Comisión Interministerial: incorporar iniciativas que permitan la adecuación de la normativa estatal a la realidad turística
  4. La simplificación del entorno administrativo: inclusión del Turismo en el Plan Nacional de Fomento Empresarial (incremento de tramitación telemática de operaciones coin las Administraciones turísticas, establecimientos de puntos de acceso e inicio de tramitación, ventanillas únicas empresariales, guías de procedimientos de creación, modificación y extinción de empresas turísticas.)

 

 Como vemos, las medidas prácticas para avanzar en la mejora del marco normativo están contempladas suficientemente y el plazo temporal asignado. Esperemos ahora  los resultados. Saludos!
Tags: Derecho del turismo, Plan Turismo 2020, competitividad, legislación, normativa

 
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